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El gobierno reinstala una medida del cepo: quienes compren dólar oficial no podrán operar en mep ni ccl por 90 días

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    Telediario Digital
  • 26 sept
  • 2 Min. de lectura

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reinstauró este viernes una de las restricciones más características del cepo cambiario: la llamada “restricción cruzada”, que impide a quienes compren dólares en el mercado oficial operar con el dólar MEP o el contado con liquidación (CCL) durante los 90 días posteriores. La norma aplica también en sentido inverso, bloqueando el acceso al mercado oficial a quienes hayan operado en el circuito financiero.


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Una medida para frenar los “rulos”


La decisión, publicada a través de la Comunicación “A” 8336, busca evitar maniobras de arbitraje conocidas como “rulos”, en las que operadores aprovechan diferencias de precios entre los distintos mercados cambiarios para obtener ganancias rápidas. Según la autoridad monetaria, el objetivo es “evitar distorsiones en el mercado cambiario” en medio de una creciente brecha cambiaria que volvió a ampliarse en las últimas semanas.

El director del BCRA, Federico Furiase, explicó en redes sociales que la medida “no impide que las personas humanas compren dólares para ahorrar en el mercado libre de cambios, sino que prohíbe abastecer con esos dólares al mercado financiero”.


Antecedentes y reacciones

La “restricción cruzada” no es nueva: ya había estado vigente en períodos anteriores de controles cambiarios. En esta ocasión, el directorio del BCRA, encabezado por Santiago Bausili, decidió extenderla no solo a las personas jurídicas —empresas— sino también a todas las personas físicas, es decir, a ahorristas comunes.

El mercado reaccionó de inmediato con una suba en las cotizaciones financieras y una ampliación de la brecha entre el dólar oficial y las operaciones bursátiles. Analistas señalaron que la medida, si bien puede limitar arbitrajes, también refleja la presión del Gobierno por mantener bajo control las reservas y evitar un desdoblamiento mayor.


Impacto en bancos y operadores


La resolución obliga a bancos, casas de cambio, sociedades de Bolsa y fintech a incorporar un paso adicional en sus sistemas: cada cliente deberá firmar una declaración jurada comprometiéndose a no operar en los mercados financieros de dólar durante los 90 días posteriores a la compra de divisas en el circuito oficial.

Si bien se trata de un mecanismo ya conocido, las entidades financieras admitieron que implicará ajustes técnicos y burocráticos. No obstante, remarcan que se trata de un límite que “ya supo estar vigente hasta no hace mucho” y que podría volver a instalarse como regla permanente mientras continúe la volatilidad cambiaria.

 
 

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