Declaran estado de emergencia agropecuaria para zonas anegadas en el territorio provincial

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En el Boletín Oficial de la Provincia se publicó este martes el decreto 465/2019, a partir del cual el Ejecutivo determina el estado de Emergencia Agropecuaria para una serie de polígonos específicos que contemplan 200 mil hectáreas, y que están ubicados en 14 cuencas hidrográficas del territorio cordobés. La decisión se dio debido a los problemas sufridos en diferentes regiones a raíz de los excesos de precipitaciones, que derivaron en anegamientos.

Ante lo puntual de los fenómenos, la Comisión de Emergencia Agropecuaria Provincial fue recibiendo en las semanas precedentes diversos informes y datos de las agencias zonales, imágenes satelitales y relevamientos de entidades del agro, a partir de los cuales se fue diagramando el esquema de zonas afectadas.

En el acta presentada al Ejecutivo, se propuso incluir en el decreto a superficies específicas y georeferenciadas de las siguientes cuencas: sistema arroyo El Gato y arroyo Santa Catalina; sistema La Picasa; Laguna Jume; sistema Río Tercero; arroyo Chazón; sistema Río Saladillo; sistema arroyo El Chato; cuenca Río Primero; cuenca Río Carnero y Salsipuedes; sistema arroyo Tortugas; sistema Río Carcarañá; cuenca Río Segundo; sistema Laguna del 7; y diversas áreas sin drenaje superficial.

Es necesario aclarar que las zonas afectadas no están definidas a partir de criterios geográficos de división política. Desde hace un tiempo, se determinó la utilización de un sistema que toma las cuencas hídricas como referencia, lo que permite incluir a los establecimientos perjudicados sin importar su ubicación.

Vigencia y producciones alcanzadas

El período de vigencia para esta nueva Emergencia Agropecuaria se determinó según el siguiente esquema para las actividades agrícolas, ganaderas, tamberas, apícolas y frutihortícolas: desde el 1/05/2019 hasta el 31/12/2019.

Las declaraciones juradas

Los productores agropecuarios afectados podrán presentar la declaración jurada de daños con el formato digital en uso en la plataforma del ministerio, hasta el viernes 28 de junio. Debe tener presente que para poder realizar este procedimiento on line, deberá contar con la Clave Nivel 2 de Ciudadano Digital.

Cabe aclarar que todas las cuentas catastrales ingresadas en las Declaraciones Juradas de daños, serán verificadas satelitalmente en las oficinas técnicas de la cartera para constatar el grado de afectación que presentan las mismas. Ante cualquier duda que se presente, comunicarse con la oficina de Emergencia Agropecuaria a los siguientes teléfonos: 351-4342093 / 95 / 97, y el 351 4342100, internos 104 y 115.

Beneficios

El principal beneficio que otorga la ley de emergencia agropecuaria provincial es la postergación del pago del impuesto inmobiliario rural (en caso de tener más del 50 por ciento de afectación), o directamente la exención si se supera el 70 por ciento.

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