Muerte de Soledad: La Cámara ratificó la acusación contra los policías y el camionero

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La Cámara Primera del Crimen ratificó la fundamentación del fiscal Walter Guzmán, en su pedido de elevación a juicio para los acusados de homicidio culposo, a pesar del fallo en contra del juez de Control Daniel Muñóz.

La causa por la muerte de Soledad Correa, tras un polémico control de la Policía Caminera de Holmberg, está cada vez más cerca de llegar a un juicio oral con cuatro imputados: tres efectivos policiales -Orlando Darío Bildoza, Cristian Ariel Giannini y Facundo Hernán Gómez- y un transportista -José Alberto Mores-.
La Cámara Primera del Crimen ratificó la fundamentación del fiscal Walter Guzmán, en su pedido de elevación a juicio para los acusados de homicidio culposo, a pesar del fallo en contra del juez de Control Daniel Muñóz.
«Si el Juez de Control entendió que no se delimitaron con precisión las responsabilidades que a cada uno de los imputados les cupo en el siniestro, no escapa a este análisis que con lo hasta aquí precisado, vale decir: presencia en el lugar del hecho en ejercicio de funciones, deficiente instalación del control vehicular y uso de un bastón lumínico -probablemente por parte de Bildoza- para detener a la motocicleta de manera abrupta, alcanza la pieza acusatoria a sortear con éxito el grado de convicción que reclama esta etapa procesal», consideró la Cámara.

Los jueces señalaron en su fallo que «las pruebas reseñadas permitieron al Fiscal concluir, con el grado de probabilidad que exige la presente etapa del proceso, cómo fue la mecánica del accidente y los motivos por los cuales se produjo el mismo».
«Determinó la responsabilidad del conductor del camión y la de los policías, delimitando que el primero de los nombrados, se
conducía a alta velocidad –como mínimo 45 kms/Hs- y a escasa distancia de la motocicleta de Moreira que circulaba adelante»
«En cuanto a los policías, les adjudicó haber instalado el control vehicular sin tener en miras las medidas de seguridad que impone la reglamentación vigente, más precisamente, las Directivas de la Dirección General de Policía Caminera de la Provincia de Córdoba que determinan el lugar y modo en que deben instalarse los controles camineros para seguridad de los ciudadanos que circulan (insuficiente señalización, falta de conos, proximidad con zona de curvas y contra curvas, aparición abrupta sobre la ruta para detener al rodado menor, causando así estupor y sorpresa en el conductor).
Por su parte, para el abogado de la madre de la víctima, el doctor Fernando Magoia, el caso está cada vez más cerca de tener un proceso judicial.

El hecho

Según surge de la investigación del fiscal Guzmán, «el 5 de mayo de 2013, a las 19:30 horas aproximadamente, los policías que se encontraban prestando servicios en el Puesto Caminero de la Localidad de Holmberg, ubicado en Ruta Nacional N° 8, kilómetro 613, se dispusieron a instalar un control vehicular».
Los agentes «habrían colocado – en forma negligente – un solo cono de señalización y un móvil policial estacionado en la banquina izquierda de dicha Ruta (sentido sur – norte), elementos insuficientes para alertar a los conductores sobre la presencia del Control».
«En esas circunstancias, además de la insuficiente señalización del Puesto de Control, uno de los encartados, no identificado aún por la instrucción –presumiblemente Orlando Darío Bildoza- quien se encontraba en la banquina de manera intempestiva, blandiendo una varita lumínica, y sin advertir que por las circunstancias del tránsito su conducta iba a ser riesgosa para terceros, se dirigió a pasos agigantados hacia la carpeta asfáltica con intenciones de advertir a los ocupantes de una
motocicleta que circulaba por dicha Ruta, que detuvieran su marcha», indicó el fiscal.
Añadió que «ante la sorpresiva manifestación del oficial, los ocupantes del moto vehículo, Enzo Gabriel Moreira, –conductor- y Soledad Correa que transitaban en sentido de circulación sur – norte, detuvieron su marcha por completo»
«El camión que venía detrás, conducido por José Alberto Mores, a una velocidad no reglamentaria y a una distancia-respecto a
la moto que lo precedía- menor a la permitida que le impidió mantener el dominio de su conducido, ante la inminencia de impacto con el rodado menor que había sido detenido imprudentemente por personal policial, debió efectuar una maniobra de esquive, que consistió en un frenado y cambio de dirección hacia la derecha accediendo de esta forma a la banquina, donde detuvo su marcha a cero», precisó Guzmán.
El funcionario judicial resaltó que «con esta maniobra el conductor del camión habría impactado con el acoplado a la motocicleta detenida por los agentes de la Policía Caminera. Producto del siniestro, Soledad Correa sufrió politraumatismos que le produjeron su fallecimiento y Enzo Gabriel Moreira sufrió fractura de tibia y peroné de pierna derecha que le demandaron cuarenta días de curación e inhabilitación laboral».

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