Por ley, regularán el consumo de sal común en la Provincia

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Instrumenta la reducción progresiva de la sal contenida, con el propósito de atenuar gradualmente su impacto en las enfermedades cardiovasculares y la hipertensión.


 

La Legislatura aprobó un proyecto de Ley por el que la provincia adhiere a la Ley Nacional Nº 26.905 que regula el consumo de sal común en la población.
Durante la 29° sesión ordinaria, el pleno legislativo aprobó un proyecto de Ley por el que la provincia de Córdoba adhiere a la Ley Nacional Nº 26.905 que regula el consumo de sal común en la población. La norma alcanza a establecimientos que preparen alimentos para su venta y consumo.
La ley nacional es de diciembre de 2013 y establece valores máximos de sodio permitido en alimentos elaborados y a la venta. También instrumenta la reducción progresiva de la sal contenida, con el propósito de atenuar gradualmente su impacto en las enfermedades cardiovasculares y la hipertensión. Además, regula el establecimiento de mensajes en el etiquetado de productos respecto a los riesgos del exceso de consumo de sal; determina el tamaño máximo para los envases en los que se comercialice y establece sanciones a los infractores, entre otros aspectos.
En ese sentido, la norma cordobesa establece la obligatoriedad de “instrumentar una campaña de difusión e información masiva acerca de la importancia de promover la reducción de sal común en la población”.
Del mismo modo, el texto aprobado solicita el compromiso de las empresas productoras de alimentos y de los establecimientos gastronómicos –de cualquier tipo- para acompañar la iniciativa.
En uno de sus artículos, se expresa que “los establecimientos de servicios gastronómicos deberán ofrecer a los consumidores la opción de que los alimentos ofrecidos en su carta sean preparados con sal baja en sodio”, como así también contar obligatoriamente con envases individuales de sal baja en sodio para su eventual requerimiento por los clientes.
La ley sancionada alcanza a establecimientos que preparen alimentos para su venta y consumo en las mismas instalaciones, en instalaciones ajenas o a las que vendan bajo la modalidad de delivery.
En los fundamentos del proyecto se expone que el consumo excesivo de sal es el principal factor de riesgo de aumento de la presión arterial. La hipertensión causa el 62% de los accidentes cerebrovasculares y el 49 % de las enfermedades coronarias, según datos de la Fundación Interamericana del Corazón (FIC Argentina).
Argentina consume mucha más sal que los 5 gr diarios sugeridos por la OMS y la FAO. Según datos del Ministerio de Salud de la Nación, que recomienda en su web una ingesta máxima de 4-6 gr. diarios, el consumo de sal por persona ronda los 12 gr. por día.

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