Río III, el juicio

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En la primera audiencia, los abogados defensores de los cuatro imputados presentaron recursos de nulidad aduciendo incompatibilidades del proceso judicial. El Tribunal rechazó los pedidos. Cobertura exclusiva de Telediario.

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En la primera audicienca del juicio por las explosiones de Río Tercero, ocurridas el 3 de noviembre de 1995, los tres abogados defensores de los cuatro imputados presentaron pedidos de nulidad de los procesamientos.
El juicio se desarrolla en el edificio de los Tribunal Federales 2 de la ciudad de Córdoba y se estima que todo el proceso tendrá una duración de cuatro meses.
Para el doctor Tristán Gavier, abogado de Jorge Antonio Cornejo Torino y Marcelo Gatto, «es reprochable que no se describan los hechos por los que se los acusa».
Gavier consideró que se los acusa a sus defendidos de organizar las explosiones pero no se describe cómo se produjo.
Además, el letrado cuestionó las acusaciones y señaló que «no se puede culpar a las personas por el cargo que ocupaban», en el caso de Cornejo Torino como director de la fábrica y de Gatto como jefe de la unidad.
El abogado de Edberto Gonzalez fundamentó el pedido de nulidad afirmando que «existe una sobrevalorización de las pruebas», mientras que el defensor de Carlos Franke afirmó que «está siendo juzgado dos veces por el mismo hecho».

Rechazo

El fiscal Alberto Lozada pidió al Tribunal, integrado por Carlos Lascano, José Pérez Villalobo y Mario Eugenio Garzón, que se rechacen los pedidos de nulidad debido a que estas solicitudes ya habían sido denegadas en otras instancias del proceso judicial.
En horas de la mañana y luego de un cuarto intermedio, el Tribunal hizo lugar al pedido del fiscal y no admitió los recursos de nulidad.

Familiares

Familiares de las víctimas de la explosión y vecinos de Río Tercero se acercaron hasta la sede de los Tribunales Federales 2 para seguir de cerca el proceso judicial y pedir justicia.
En diálogo con Telediario señalaron que las culpabilidades no deben estar dirigidas sólo a las responsabilidades funcionales, sino que también debe juzgarse la responsabilidad política.

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