Por negarles el ingreso a un boliche deberán indemnizarlos con $80 mil

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El local bailable deberá indemnizar con 40 mil pesos a cada uno de los hermanos. La mitad del monto que recibirán corresponde al daño moral y la otra es por la multa civil a favor del consumidor.

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Mendoza – «En Apeteco se nos burlaron en la cara y se hizo Justicia», sentenciaron Cristian y Andrés Vega tras conocerse la sentencia, luego de habérseles negado la entrada al local bailable y realizar la correspondiente denuncia tanto en el INADI como también en sede judicial.

La noche del 10 de agosto de 2012, los hermanos Vega decidieron ir a bailar a Apeteco, pero lejos de ser una noche para despejarse y relajarse, se encontraron con la negativa del personal de seguridad de la puerta, quien los frenó mientras expresó: «Esta clase de gente acá no entra». Tras pedir el libro de quejas, también les fue negado. Por ello, se retiraron junto con el grupo de amigos, varios de los cuales ya se encontraban adentro, a terminar la noche en otro lugar. Al día siguiente, realizaron la denuncia.

Tras dirigirse hasta el INADI y la sede judicial, se inició la causa caratulada como «daños y perjuicios», que luego de dos años de tratamiento llegó a una resolución.

La resolución de la Primera Circunscripción de Mendoza, tal como detalla Infojus, es terminante: «El problema aparece cuando niegan el acceso con base en criterios como el color de piel, la contextura física, la posición económica, y los rasgos étnicos, entre otros. Tal es el caso, ya que casualmente Cristian y Andrés Vega son jóvenes trabajadores de baja estatura y piel morena». Según reza el expediente, por una razón «arbitraria», en Apeteco no permiten el ingreso de «esta gente».

Guido Roccuzzo, abogado de los denunciantes, explicó que «hubo daño moral y daño punitivo. Para llevar adelante la denuncia nos amparamos en la ley de Defensa del Consumidor». Tras el fallo que se conoció los últimos días, el local bailable deberá indemnizar con 40 mil pesos a cada uno de los hermanos. La mitad del monto que recibirán corresponde al daño moral y la otra es por la multa civil a favor del consumidor.

Fuente:Infobae

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