A pesar de los incidentes, se aprobó la Ley de Política Ambiental

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El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo sufrió modificaciones en el texto original y fue aprobado con los votos de todos los bloques parlamentarios excepto del Frente de Izquierda y de los Trabajadores.

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Con un amplio consenso quedó aprobada la Ley de Política Ambiental de la provincia. El tratamiento se produjo en medio de graves incidentes fuera de la sede parlamentaria.
El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo sufrió modificaciones en el texto original y fue aprobado con los votos de todos los bloques parlamentarios excepto del Frente de Izquierda y de los Trabajadores. El legislador De Lucca, del Frente para la Victoria, se abstuvo.
Mientras militantes ambientalistas planteaban su rechazo a la normativa, puertas adentro se realizaba una sesión a la que sólo dejaron ingresar a algunos de los periodistas que llegaron hasta el lugar.
Según informa el diario La Voz del Interior, un grupo de manifestantes arrojó piedras y causó roturas de vidrios en el edificio. Más tarde, mujeres de Malvinas Argentinas armaron un “cordón” delante de la guardia de infantería para mantener la calma.
Después de los enfrentamientos, que incluyeron el lanzamiento de gases por parte de la Policía, la situación se calmó en la esquina de Deán Funes y Rivera Indarte, mientras adentro del recinto se debatía la ley.
Por su parte, el fiscal Guillermo González aseguró en conversación con Cadena 3 que son 27 los detenidos tras los disturbios.
La normativa aprobada establece los siguientes puntos:

– Un ordenamiento ambiental de territorio que asegure el uso adecuado de los recursos ambientales, posibilite la producción armónica y la utilización de los diferentes ecosistemas, garantizando la mínima degradación.

– La realización de una evaluación de impacto ambiental que tendrá carácter obligatorio y previo al otorgamiento de la licencia ambiental. Esta evaluación es un procedimiento técnico-administrativo que deberá contener un estudio de impacto, un dictamen técnico, estudios y opiniones surgidas de las audiencias públicas.

– La realización de audiencias públicas como procedimiento obligatorio para los proyectos o actividades que estén sometidas obligatoriamente a la evaluación de impacto ambiental. Se realizarán en forma previa a cualquier resolución, con carácter no vinculante pero obligatoria.

– La implementación de la evaluación ambiental estratégica que incorpore criterios ambientales a la formulación de políticas, programas y planes de carácter normativo general.

– La generación de planes de gestión ambiental, como instrumentos que permitan orientar a quienes impacten en el ambiente con el propósito de que su actividad propenda a la sostenibilidad en el territorio provincial.

– La implementación de sistemas de gestión ambiental, que establecen las responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para llevar a cabo la política ambiental de una organización.

– El control y fiscalización de las actividades antrópicas mediante la vigilancia, inspecciones, controles con motivo de denuncias, fiscalización de actividades y auditorías ambientales, entre otras.

– La educación ambiental mediante el inclusión de temáticas ambientales en la currícula de la educación formal en los distintos niveles.

– Profundización del acceso de cualquier persona a la información ambiental provincial.

– La participación ciudadana para la convivencia en materia ambiental opinando acerca de las acciones, obras o actividades que puedan afectar el ambiente.

– La contratación de un seguro ambiental por quienes realicen actividades que entrañen riesgo para el ambiente por el daño que se pudiera producir.

– La implementación de medidas de autogestión, incentivos y alicientes ambientales para aquellos que realicen acciones tendientes a preservar, proteger, defender o mejorar el ambiente.

– La realización de acciones de salud ambiental para aquellas actividades que pudieran generar efectos negativos significativos sobre la salud.

– La elaboración de un diagnóstico ambiental provincial que deberá ser elevado al Poder Legislativo antes del día treinta de noviembre de cada año.

– La recepción de denuncias sobre pasivos ambientales o impactos ambientales negativos e irreversibles que impliquen el deterioro de los recursos naturales y de los ecosistemas, producidos por cualquier tipo de actividad.

– Establecimiento de parámetros de idoneidad al personal que aplique los criterios de la ley.

El texto aprobado contiene además 3 anexos con:

– Listado de proyectos sujetos obligatoriamente a presentación de estudio de impacto ambiental y audiencia pública

– Listado de proyectos obligatoriamente sujetos a presentación de aviso de proyecto y condicionalmente sujetos a presentación de estudio de impacto ambiental

– Guía para la confección del resumen de la obra y/o acción propuesta (aviso de proyecto)

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