Tras el veto, desde el PJ impulsan una nueva ordenanza sobre pirotecnia

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Proponen que «solo puedan adquirir artículos de pirotecnia los mayores de 18 años de edad, debiéndose solicitar documentación que acredite la edad”. Los comercios deberían inscribirse en un registro.

 

Tras el veto del intendente Juan Jure a la prohibición en la venta de pirotecnia, que impulsaba la concejala Viviana Yawny, desde  Unión por Córdoba avanzan en una nueva iniciativa.
La concejala Letizia Paulizzi presentó un proyecto para que «la venta, almacenamiento y utilización de artículos de pirotecnia quedan sujetos a la Ley Nacional de Pirotecnia Nª 24.304 y  solo puedan adquirir artículos de pirotecnia mayores de 18 años de edad, debiéndose solicitar documentación que acredite la edad”
Además, «los comercios minoristas temporales de venta de pirotecnia o aquellos que tengan como anexo su venta deberán inscribirse en un doble registro: Municipal y de Defensa Civil, con el objeto de obtener los permisos correspondientes; asimismo deberán colocar un vallado para que la pirotecnia no se mezcle con productos de diversa clase”
“Los comercios minoristas sólo podrán comercializar artificios de venta libre de acuerdo a la ley 24.304, estableciendo por genéricos a los fosforitos, estallos, trompitos luminosos, estrellitas, bengalitas, velas sin humo, mechitas y aquellos de características similares. Quedando estrictamente prohibidos todos los elementos que no posean el título de venta libre y aquellos artificios con riesgo de explosión en masa (clase C-4ª), los de trayectoria impredecible, los globos de papel encendidos y los artificios de alto poder”, señaló Paulizzi.
En su iniciativa, destacó que  «los mayoristas de venta de pirotecnia, deberán solicitar un permiso especial anual que les permita vender mercadería denominada artificios pirotécnicos para eventos, siempre dentro de la clasificación expresada en la ley 24.304”.
La edil sostuvo que «los comercios de pirotecnia deberán instalarse fuera del microcentro de la Ciudad, en locales inspeccionados y habilitados por el Municipio y Defensa Civil previamente al otorgamiento de los permisos correspondientes».
“Se fijará como fecha permitida para la comercialización minorista de artículos de pirotecnia de venta libre al público desde el 1 de diciembre hasta el 10 de enero de cada año, y como fecha de inscripción de comercios en el municipio para la obtención de permisos y habilitaciones, desde el 1 de noviembre hasta el 10 de diciembre de cada año, contándose con 40 días en cada uno de los casos”, puntualizó.

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