Entregarán un troquel como comprobante y se podrá votar con los DNI verde ó celeste

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Todo lo que hay que saber de las PASO.

 

A partir de las elecciones del próximo domingo, dejará de utilizarse el sellado y la firma del presidente de mesa en los documentos y la constancia de votación se reducirá a un troquel que se entregará a cada votante.
El elector recibirá una constancia de emisión del sufragio en la que constan los datos del elector y la firma del presidente de mesa. Dicha constancia se encuentra adherida al padrón mediante un troquelado y una vez que el elector firma el padrón el presidente firma el troquel, lo desprende y lo entrega junto con el documento.
Otra novedad será la verificación de la identidad del votante. El presidente de mesa deberá comprobar que el documento presentado se corresponde con el que aparece registrado.  Sin embargo, la ausencia de la fotografía en el padrón electoral o la discordancia entre ésta y la que figura en el documento del elector no es un motivo para impedir la emisión del sufragio.
Los documentos habilitantes son la Libreta de enrolamiento/libreta cívica, elDNI libreta verde, elDNI libreta celeste, la Tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta.
No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral, aunque se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.
Además, el elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI. También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado.
Desde la Junta Electoral aclararon que no podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.

¿Puede votar si no aparece su foto en el padrón?

Si, ya que solamente constarán las fotografías de aquellos electores mayores de edad que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI y que dicha situación se haya comunicado a la Cámara Nacional Electoral con anterioridad al 30 de abril de 2013, fecha de cierre del padrón provisorio.

16 años

No podrán votar los jóvenes de 16 y 17 años que no realizaron la actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 30 de abril de 2013, fecha de cierre del padrón provisorio.
Tampoco lo harán si la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Nacional Electoral para su inclusión.
En caso de que la persona hubiese efectuado la actualización de su documento de identidad a los 14 años (anteriormente prevista a partir de los 16 años), podrá reclamar a la justicia nacional electoral su inclusión en el padrón, en los plazos que establece el Código Electoral Nacional.

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