De la Sota reglamentó la Ley contra la Trata y los cabarets irán a la Justicia

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En Río Cuarto evalúan la presentación de un amparo. Las autoridades de aplicación de la normativa serán la Secretaría de Prevención de la Trata, el Ministerio de Seguridad de la Provincia y la Policía provincial.

El gobernador José Manuel De la Sota reglamentó hoy la Ley provincial 10.060, que prohíbe y ordena clausurar whiskerías, cabarets y lugares afines en toda la provincia y los propietarios de estos locales en Río Cuarto pedirán amparos ante la Justicia.
Las autoridades de aplicación de la normativa serán la Secretaría de Prevención de la Trata, el Ministerio de Seguridad de la Provincia y la Policía provincial.
Luego de que la reglamentación sea publicada en el Boletín Oficial, la Policía de Córdoba comenzaría con los operativos de cierre de prostíbulos en toda la provincia.

La norma

El texto aprobado, que cuenta con 15 artículos, expresa la obligación de resguardar los derechos de quienes ejercen la prostitución de manera voluntaria en todos los procedimientos que se realicen con motivo de la aplicación de esta ley.
Añade que cuando esas personas no puedan acreditar su identidad y domicilio, serán consideradasvíctimas de la trata de personas y se les deberá brindar protección y contención, así como también a su entorno familiar.
En ese sentido, la ley prevé la creación de una Comisión Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y de Contención y Recuperación de Víctimas de la Explotación Sexual. La normativa prevé además la obligación del estudio de todos los aspectos que hacen a la trata de personas y los medios de prevención mediante su incorporación como contenido curricular en las escuelas provinciales.
Finalmente, se hace una invitación expresa para que las municipalidades y comunas adhieran a las disposiciones de la Ley y, en especial, a derogar en las respectivas normativas municipales y comunales los tributos provenientes de los locales de alterne.Establecimientos afectados
La nueva ley aclara qué se entiende por whiskería, cabaret, club nocturno, boîte o establecimiento de alterne:
  • A todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad
  • A todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes y/o clientes traten con hombres y/o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía
  • A todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no las personas explotadas y/o prostituidas y/o que se prostituyen, su consentimiento para ello.

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