En sus fundamentos, los jueces aseguraron que Daniela «no presentaba conductas fabulatorias»

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ANTICIPO TD – «Los imputados la obligaron a mantener relaciones sexuales con clientes ocasionales, obteniendo a cambio el pago en dinero para el sustento de los imputados. Por último, pretendieron su venta, que se frustró al lograr la menor irse por su cuenta», indicaron.
Los jueces de la Cámara Segunda del Crimen dieron a conocer los fundamentos para la condena a 6 años de prisión a Luisa Bravo y Alejandro Vega, acusados de prostituir a la menor Daniela Rodríguez, y aseguraron que la víctima «no presenta rasgos de mitomanía ó conductas fabulatorias en su personalidad».
En el extenso escrito, afirman que «con todo el cúmulo probatorio se colige que los imputados aprovechando que Daniela  tenía intención de irse de su casa, fue llevada  San Luis para encontrarse con Vega González, promoviéndola a la prostitución»
«La obligaron a mantener relaciones sexuales con clientes ocasionales, obteniendo a cambio el pago en dinero para el sustento de los imputados, pretendiendo por último su venta, la que se frustró por causas ajenas a la voluntad de sus autores, al lograr la menor irse por su cuenta, hasta encontrar a su madre y retornar a la ciudad de Río Cuarto», indicaron.
Para los jueces «este es el corolario del actuar de los imputados y que quedó perfectamente demostrado en el desarrollo de cada una de las pruebas precedentemente valoradas»
Señalaron los jueces que Daniela logró escapar en Mendoza y «solicitó ayuda a terceras personas para retornar a su hogar»
«Fijado así el hecho descripto, Bravo y Vega González son autores materiales y penalmente responsables del delito de Promoción a la Prostitución de Menores de dieciocho años, agravada, en los términos del art. 125 bis, 1º párrafo del Código Penal», indicaron.
Añadieron que los acusados «atentaron contra la integridad sexual de la menor de edad, iniciándola en la prostitución»
«En el caso que nos ocupa, promueve el que determina a la menor a ejercer la prostitución.  No es necesario que la persona cuya prostitución se promueve sea inocente y honesta. Significa incitar o llevar inicialmente a la víctima hacia una actividad sexual depravada o desviada de su sentido natural.  El concepto abarca tanto el comienzo en el vicio como el mantenimiento o el refuerzo del ya existente», subrayaron.

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