Comienza el debate de la ley para que travestis y trans puedan cambiar su DNI

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El objetivo es que los transexuales que quieran modificar la identidad en su documentación no tengan que pasar por un proceso judicial. Se propone crear la Oficina de Identidad de Género, cuyo objetivo central será la evaluación de las solicitudes de cambio en los registros del sexo y del nombre.

En Diputados, la Cámara comenzará mañana a debatir las propuestas parlamentarias  de identidad de género para que travestis puedan cambiar  el nombre en sus DNI.
Uno de los proyectos fue presentado en 2009 por la diputada socialista mandato cumplido Silvia Augsburger, otro de la radical Silvana Giudici, y un tercero ingresado este mes y que lleva las firmas de Juliana Di Tullio (FpV), Jorge Cardelli, Verónica Benas, Cecilia Merchán y Liliana Parada (Proyecto Sur), Vilma Ibarra y Martín Sabbatella (Nuevo Encuentro), Ricardo Cuccovillo y Roy Cortina (Socialismo), Fernanda Gil Lozano y Fernanda Reyes (CC), Virginia Linares (GEN), (Proyecto Sur), María Luisa Storani (UCR), Laura Alonso (PRO) y Nélida Belous (Proyecto Progresista).
Menos Alonso y Belous, todos ellos firmaron además otro proyecto para la atención sanitaria en lo que hace al cambio de sexo.
Lo importante de las tres iniciativas es que les permitirán a los transexuales poder acceder a un DNI que refleje el género con el que se identifican, y no el biológico.

Proyectos similares

El primer proyecto sobre el tema fue presentado por Augsburger, con el asesoramiento de activistas trans de la asociación LGBT. También firmaron el texto Miguel Bonasso y Claudio Lozano (Diálogo por Buenos Aires), Remo Carlotto (FpV), Eduardo Di Pollina y Laura Sesma (Socialismo), Delia Bisutti, Leonardo Gorbacz y Carlos Raimundi (SI), Norma Morandini (Partido Nuevo), María del Carmen Rico (Peronismo Federal) y Marcela Rodríguez (CC).
La idea básica del texto es que los transexuales que quieran modificar la identidad en su documentación no tengan que pasar por un proceso judicial. Propone crear, en el marco de la Secretaría de Derechos Humanos, la Oficina de Identidad de Género, cuyo objetivo central será la evaluación de las solicitudes de cambio en los registros del sexo y del nombre. Luego de analizar cada caso en particular, en un plazo de 90 días la Oficina tiene que ordenar al Registro Civil la rectificación del sexo y el cambio de nombre de la persona. Si la solicitud fuera rechazada, se deberá emitir una resolución explicando el por qué.
El proyecto, además, no pone límites a quienes pueden solicitar el cambio de sexo: lo puede hacer toda aquella persona cuya identidad de género sea contradictoria con la inscripción en el Registro Civil. Si la persona es menor de 18 años, se debe tener en cuenta el interés superior del niño.
En tanto, el texto presentado por Giudici se diferencia en que sostiene que, para poder acceder a la rectificación de los datos, el solicitante deberá acreditar ante el Registro Civil que los datos que figuran en su partida de nacimiento son contrarios a su identidad de género, dando para ello todo medio de prueba posible. En el caso de que la persona se haya realizado una operación de cambio de sexo, aclara, eso mismo será la prueba. Si la resolución del Registro Civil –tiene 60 días apar expedirse- es negativa, el solicitante podrá recurrir a la justicia.
Muy similar es el proyecto que encabezan los Di Tullio y parte de la centroizquierda, en el que también se establece el derecho para hacer el cambio de identidad, aunque sin plantear un plazo para que el Registro Civil se expida.

Fuente: Noticias Congreso Nacional

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