«Histórico fallo reconoce la Co-maternidad antes del Matrimonio Igualitario»

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Opinión: Eva y Eva
Especial para TD Digital

La Jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dra. Gabriela Seijas ordenó la inscripción de un menor de seis años de edad como hijo de un matrimonio conformado por dos mujeres. Se trata de un niño, que nació antes de que la pareja contrajera matrimonio, tras 20 años de convivencia. Ellas pidieron su inscripción como madres como ocurrió con su segundo hijo, nacido luego del casamiento. La medida fue adoptada en el marco de una acción de amparo presentado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y transexuales (FALGBT) contra el Gobierno de la Ciudad para que se deje sin efecto una disposición del Registro Civil que denegó el pedido de inscripción del reconocimiento del niño.
En la sentencia la Jueza Seijas declaró la inconstitucionalidad del artículo 250 del Código Civil y el 45 de la ley 26413, los cuales no permiten la inscripción de hijos e hijas por parte de progenitores del mismo sexo, en abierta contradicción con la Ley de Matrimonio Igualitario.  También declaró que “frente a la ausencia de una norma especial, y frente a un régimen de filiación por naturaleza que no contempla la realidad homoparental, cuyos derechos se encuentran garantizados legal y constitucionalmente, corresponde declarar la inconstitucionalidad de tales artículos”
A pesar de los grandes cambios que el matrimonio de parejas del mismo sexo significó en la vida cotidiana de alrededor de 3000 parejas, cientos de mujeres lesbianas que crían hijas e hijos nacidos antes de la última gran modificación del Código Civil siguen sin poder inscribirlos como hijos de ambas. Esa vulneración de derechos, tiene correlatos en pequeñas desigualdades cotidianas, pero también en asuntos fundamentales para la vida familiar al negarles acceso a obra social, licencias familiares, servicios sociales y herencia, régimen de visita en parejas divorciadas, entre otros.
Las mujeres señalaron que roza lo absurdo que sean madres de dos hijos que poseen diferente status jurídico. Expresaron que ambos fueron concebidos por idénticos métodos de fertilización asistida, pero que, frente al Estado, no gozan de los mismos derechos, por lo que solicitaron que se equipare la situación jurídica de su hijo mayor a la de su hermano menor. En este caso y en tantos otros, se estarían restituyendo derechos y regularizando la situación legal de cientos de niños, niñas, sus madres y su familia extendida. Y no sólo se reconocería el vínculo entre los hijos y sus madres, sino también entre sus hermanas y hermanos, y con sus tías, tíos, abuelos y abuelas.
No podemos hablar de cifras oficiales, pero si sabemos através de las Organizaciones, que las familias fundadas por parejas de mujeres se encuentran en casi todo el país, con un promedio de 3 niños por familia. Niños nacidos en momentos históricos totalmente distintos de la Argentina reciente, y por esa brecha de edades se juegan muchas de las diferencias de derechos que buscan zanjarse.
Existen dos generaciones claramente marcadas de mujeres comprometidas en proyectos co-maternales, por un lado hay generaciones en torno de los 30 y otras que superan los 40 años. Un grupo llega a la maternidad pensando que es su derecho, imaginándoselo como un dato más de su proyecto vital. El otro llega a la maternidad después de haberla postergado muchos años, y gracias a un trabajo de visibilización, de mayor apertura social, de crecimiento del movimiento LGBT y de extensión de la tecnología reproductiva.
…Son madres después de pensar que no era posible.

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