AFIP detectó a 17 trabajadores no registrados

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El operativo se realizó en una obra en construcción ubicada en  Villa María. Dos de ellos se econtraban escondidos en una tanque de agua. Los obreros no tenían las condiciones mínimas de higiene y salubridad y había un único baño, no tenían ducha ni camas.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó trabajo ilegal y condiciones laborales infrahumanas en una obra en construcción de la localidad de Villa María, Córdoba. Se encontraron 17 personas sin registrar, dos de las cuales fueron descubiertas escondidas en un tanque de agua para evitar los controles.

Muchos eran bolivianos
Mientras se desarrollaba el operativo, los agentes fiscales junto con los inspectores del Ministerio de Trabajo de Córdoba, constataron que la mayoría de los trabajadores eran de nacionalidad boliviana, no se encontraban registrados y vivían en condiciones deplorables en la misma obra en construcción.
Todo el lugar tenía paupérrimas condiciones de higiene y seguridad. Existía un único baño con dos inodoros, sin ducha ni puerta. Las habitaciones tampoco tenían puertas ni ventanas y estaban tapadas con maderas de la obra o nylon.
Además, los trabajadores debían dormir en colchones apoyados sobre maderas sostenidas por ladrillos, o directamente sobre el piso.
Mientras se desarrollaba el procedimiento de control, uno de los inspectores de la AFIP detectó a dos obreros que estaban escondidos en el tanque de agua que alimenta la obra en construcción. Ambas personas eran de nacionalidad boliviana y tampoco se encontraban registrados por su empleador.
Cabe destacar que, el encargado de la obra -de origen boliviano nacionalizado argentino- autorizó el ingreso de los agentes fiscales e inspectores pero se retiró de la obra durante el operativo.
Nueva herramienta, mayor riesgo
La AFIP, aplicando la Ley 26.063, está haciendo uso de las presunciones laborales (IMT) cuando el empleador no hubiere declarado trabajadores ocupados o los declarados fueren insuficientes. El Indicador Mínimo de Trabajadores es de aplicación siempre que se compruebe la realización de una obra o la prestación de un servicio que, por su naturaleza requiera o hubiere requerido de la utilización de mano de obra y no fuese posible relevar al personal ocupado.
Prensa AFIP.

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