Córdoba: denuncian al director del Registro Civil por impedir el casamientos de parejas gays

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La organización por la diversidad sexual presentó ayer una denuncia penal contra el titular del Registro Civil de la Provincia de Córdoba, Lorenzo Gatica, por permitir que cinco funcionarios alegaran «objeción de conciencia» para negarse a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo.
En tanto, el ministro de Justicia cordobés, Luis Angulo, instruyó por escrito al director del Registro Civil y a los oficiales públicos de esa dependencia para que nadie pueda negarse a casar parejas homosexuales.
Angulo emitió ayer la resolución 229 que obliga a los funcionarios del Registro Civil a dar «irrestricto cumplimiento» a la ley nacional 26.618 de matrimonio igualitario, bajo apercibimiento de sanciones administrativas.
El funcionario provincial adoptó la medida luego de que Gatica admitiera que cinco oficiales públicos se negaron a realizar los trámites de enlace a parejas del mismo sexo con el argumento de la «objeción de conciencia». El viernes, el titular del Registro Civil provincial sostuvo que no podía obligarlos «a hacer algo contra su voluntad».

En este mismo sentido, Gatica explicó el 29 de agosto que «la objeción de conciencia está prevista en la Constitución de Córdoba y por eso tenemos en cuenta la posibilidad que algún funcionario público pueda invocarla para no celebrar un matrimonio entre contrayentes del mismo sexo».
Días atrás, desde el Ministerio de Justicia se advirtió que si algún funcionario decide esgrimir objeción de conciencia para no casar parejas del mismo sexo deberá acudir a la Justicia y pedir un amparo a su favor.
Frente a lo sucedido en el Registro Civil, ayer por la mañana la organización Devenir Diverse presentó una denuncia en Tribunales II de Córdoba por presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La organización adujo que se violó el artículo 4 de la ley 26.618 que establece que ninguna norma podrá ser «interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas  el mismo sexo como al formado por personas de distinto sexo».

Fuente: DYN

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