El juez de Control dio lugar al amparo presentado por la Defensoría contra los cortes

0
Compartir

ANTICIPO TD – Lo confirmó el doctor Marcelo Bressan, abogado de la Defensoría. Dijo que la medida impide cualquier tipo de cortes en las bombas que suministran el agua de EMOS, los centros asistenciales públicos y privados y los bancos donde se abonan beneficios para jubilados y trabajadores. Aclaró que se trata de una medida cautelar y que se espera por una resolución de fondo. «El doctor Muñoz libró esta exigencia para EPEC que debe ser cumplida desde este momento», explicó Bressan. 

Foto: Juez Daniel Muñoz.

El juez de Control Daniel Muñoz resolvió este mediodía dar lugar al amparo presentado por la Defensoría del Pueblo contra los cortes de energía que determinó la empresa EPEC debido a una rotura del transformador que brinda un 25 por ciento del servicio en la Provincia.
Lo confirmó el doctor Marcelo Bressan, abogado de la Defensoría, quien precisó que la medida impide cualquier tipo de cortes en las bombas que suministran el agua de EMOS, los centros asistenciales públicos y privados y los bancos donde se abonan beneficios para jubilados y trabajadores.
El abogado aclaró que se trata de una medida cautelar y que se espera por una resolución de fondo.
«El doctor Muñoz libró esta exigencia para EPEC que debe ser cumplida desde este momento», explicó Bressan. 
Ayer, el Defensor del Pueblo Eduardo Mugnaini  presentó un recurso ante la Justicia para evitar los cortes de energía en Río Cuarto.
«La acción de amparo se presentó contra Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC), Delegación Río Cuarto (Zona F), con el objeto de solicitar que se declare la ilegalidad de la interrupción del suministro del servicio público,  restituyendo el mismo a todos los usuarios de manera inmediata y urgente», sentenció Mugnaini.
Añadió que «toda vez que tales actos y hechos implican conductas sucesivas y continuas de una autoridad pública  -distribuidora de servicio publico domiciliario- que en forma actual e inminente lesiona, restringe, altera y amenaza, con ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, derechos y garantías de sus usuarios como así también los usuarios del servicio público de agua potable».

Commentarios

commentarios

Compartir