Caso Ale Flores – El padre apeló la prescripción ante el TSJ y no apuntó al delito de lesa humanidad

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ANTICIPO – El doctor Julián Oberti consideró que se vulneraron derechos del niño, el Pacto de San José de Costa Rica y artículos constitucionales. Sin embargo, no insistió con el delito de lesa humanidad, el recurso mencionado por los jueces Muñoz y Varela Geuna y que permitió insistir con la causa. La Cámara del Crimen rechazó el planteo y ahora el Tribunal Superior debe definir la suerte del caso. Ale habría sido atropellado por un móvil policial el 16 de marzo de 1991. Su cuerpo fue hallado 18 años después. Están acusados por el homicidio dos policías riocuartenses.

Clave:
«Desde un comienzo, y así consta en la causa, existió un marcado desinterés por parte de quienes eran los encargados de investigar (tanto la Policía como el Fiscal o quien fuere) de avanzar en el conocimiento de los hechos sucedidos con la desaparición del pequeño Alejandro», argumentó Oberti.
* El fiscal Medina también presentó un recurso de apelación.

Texto completo de la apelación

El doctor Julián Oberti, abogado de Víctor, el padre de Alejandro Flores, apeló la prescripción de la causa por la desaparición y muerte de la criatura de 5 años ante el Tribunal Superior de Justicia.
Oberti no apuntó al delito de lesa humanidad, un recurso mencionado por los jueces Daniel Muñoz y José Varela Geuna que permitió insistir con la investigación de la causa.
El abogado de Flores consideró que se vulneraron derechos del niño, el Pacto de San José de Costa Rica y artículos constitucionales que permiten, de todos modos, evitar la prescripción.
La Cámara del Crimen rechazó en diciembre del 2009 el planteo que ponía un freno al archivo de las actuaciones y ahora el Tribunal Superior debe definir la suerte del caso.
Ale habría sido atropellado por un móvil policial el 16 de marzo de 1991. Su cuerpo fue hallado 18 años después. Están acusados por el homicidio dos policías riocuartenses.
El fiscal Medina también presentó un recurso de apelación que será analizado por el TSJ.

Razones

«Desde un comienzo, y así consta en la causa, existió un marcado desinterés por parte de quienes eran los encargados de investigar (tanto la Policía como el Fiscal o quien fuere) de avanzar en el conocimiento de los hechos sucedidos con la desaparición del pequeño Alejandro», argumentó Oberti.
Añadió que «tanto es así que el expediente estuvo archivado por cinco años sin llevarse adelante NINGUNA medida de instrucción, hasta que apareció uno de los testigos fundamentales en la misma: JORGE MÚO».
Consideró Oberti que el fiscal «anterior» -en relación a Luis Cerioni «amedrentó -a testigos importantes, dio una desmesurada participación a miembros de la Policía local en la investigación del caso –la misma que estaba sospechada- y no tuvo la finura de convocar a miembros policiales de otras jurisdicciones, amenazó reiteradamente con encarcelar a mi representado»
«Fue total y absolutamente negligente en la búsqueda de un niño de tan sólo cinco años que había desaparecido prácticamente de la puerta de su casa un día sábado por la tarde en un barrio familiar, con calles de tierra e infinidad de niños jugando en ellas. Diecisiete años después, un hombre cualquiera encontró los restos de Ale a tan sólo quinientos metros aproximadamente de donde se había extraviado, en un descampado, semi enterrado», aseveró.
Evaluó Oberti, que «es innegable que la actitud asumida por los funcionarios mencionados y los hechos acontecidos, constituyeron una flagrante violación de Derechos Humanos básicos, inalienables e imprescriptibles contemplados en los Tratados Internacionales que mencionábamos al comienzo».  

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