Tenía 19 ravioles de cocaína, pero la Justicia lo libera porque cree que eran para consumo personal

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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal realizó tres pronunciamientos y revocó el procesamiento de cuatro imputados por tenencia de estupefacientes para consumo personal y, en consecuencia, dispuso su sobreseimiento.
El tribunal compuesto por los jueces Martín Irurzun y Horacio Cattani tomó en consideración el fallo de la Corte en el caso «Arriola» y otros antecentes de la propia sala para determinar que las conductas investigadas pueden considerarse resguardadas por la esfera de la intimidad y, por ende, ajenas a la persecución penal.
En la primera de las causas estaba procesada una persona que fue interceptada por personal policial en las cercanías de la villa 21, donde le fueron encontrados 19 envoltorios con cocaína.
En relación a este caso, el tribunal determinó que «la escasa cantidad de droga secuestrada en su poder, aunada a las circunstancias en que se encontraba al momento de ser sorprendido con el material, no deriva elemento alguno que permita atribuirle la finalidad de desarrollar un consumo que trascienda de sí mismo abarcando a un número indeterminado de personas, resulta atípica -en consecuencia- la tenencia de estupefacientes que dio origen a este sumario».
En otro caso, las fuerzas policiales detectaron marihuana mientras realizaban un allanamiento en una vivienda particular.»Por cuanto a la escasa cantidad de droga secuestrada en su vivienda no se deriva elemento alguno que permita atribuirle la finalidad de desarrollar un consumo que trascienda de sí mismo», fue el argumento del tribunal.
En el tercer y último caso, la sustancia también es marihuana y el tribunal consideró que según el peritaje realizado, la cantidad incautada «no llegaba a constituir una dosis umbral y se debe revocar el auto impugnado y decretar el sobreseimiento de los imputados».

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