El impuesto sobre los Ingresos Brutos y la necesidad de la rediscusión de la distribución de las potestades tributarias en Argentina

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Todos los que alguna vez hicieron un curso de Finanzas Públicas estudiaron los distintos mecanismos teóricos que la Economía del Sector Público estudia para gravar eficientemente el consumo de bienes y servicios. Analizaron allí las distintas metodologías de imposición, para concluir que para no afectar los precios relativos y forzar integraciones verticales en las cadenas de valor, las formas más eficientes de imposición son las del tipo Impuesto sobre el Valor Agregado o las de Impuesto sobre las Ventas Minoristas.

El primero, plurifásico (afecta todas las fases de la cadena de valor) pero no acumulativo (reconoce crédito fiscal por el impuesto de anteriores etapas) es un viejo conocido a nivel nacional. El segundo, monofásico en la última etapa de la cadena, no registra antecedentes significativos en nuestro país, aunque se aplica desde hace ya mucho tiempo en Estados Unidos de Norteamérica.
Los mismos textos que encomian la neutralidad y eficiencia de este tipo de tributos, se encarnizan en la crítica de otras metodologías. Se demuestra allí que tanto los impuestos monofásicos en la etapa industrial o mayorista, como los impuestos plurifásicos que no reconocen crédito por etapas anteriores, como nuestro conocido Ingresos Brutos, pueden alterar significativamente los precios relativos e incentivar decisiones no eficientes de los agentes económicos.
Hasta aquí la teoría. Durante la última década del siglo pasado, y en el marco de uno de los Pactos Fiscales que caracterizó a dicha etapa de nuestro país, el del 12 de agosto de 1993, el discurso nacional consistió en insistir e insistir en las consecuencias negativas de este tributo, convirtiéndolo para el imaginario popular en una peligrosa amenaza para la convertibilidad en nuestro país. Hoy podemos destacar que la convertibilidad terminó en la Argentina, y no hay autores que achaquen su ruina a nuestro viejo impuesto plurifásico provincial. Aquella prédica transformó parcialmente a este impuesto. En efecto, en casi todas las provincias dejó de ser un impuesto que gravaba todas las etapas de las cadenas de valor para concentrarse en las actividades comerciales y de servicios, disminuyendo así algunos de los efectos negativos de su aplicación. Decíamos en aquellos días que el viejo impuesto “plurifásico” pasó a ser un “bietápico”, que se concentraba en la etapa mayorista y minorista de comercialización, desgravando las actividades primarias y secundarias. 
Estamos ahora en 2008. Luego de la crisis de 2001 muchas jurisdicciones volvieron a gravar en la emergencia las actividades primarias y secundarias sin que se haya vuelto totalmente a las viejas escalas de alícuotas. Sin embargo, Ingresos Brutos sigue siendo la “estrella” de los recursos provinciales, pasando a “opacar el brillo” de cualquier otro tributo. En 2007 en promedio, en CABA, Provincia de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba, el producido de este impuesto supera el 70% del total de recursos provinciales. ¿A qué otro impuesto puede echar mano una provincia argentina hoy ante un problema fiscal, sino al viejo y ya probado Ingresos Brutos?
Póngase Ud. lector en el lugar de un gobernador de Provincia al que su Ministro de Economía le informa que los recursos no le alcanzan. Cuando por cualquier razón el Gobierno Nacional no acude en su ayuda, su único salvador pasa a ser algún tipo de aumento en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. No importarán demasiado los manuales económicos, ni la buena práctica en la tributación, ni los efectos en los precios; ni las acerbas críticas de productores industriales y agropecuarios; sino lisa y llanamente las presiones fiscales de los actores provinciales. En este contexto y dentro de esta lógica, el fin de mantener financiada a la Provincia evitando convulsiones sociales, justifica aún potenciar los impuestos poco eficientes y regresivos entre muchas otras cosas más. Esto es así dado que el Impuesto sobre los Ingresos Brutos es hoy, la única herramienta significativa de obtención de fondos propios para las Provincias.
Sin embargo, hay otra solución dentro de una lógica distinta. Tal como señalé anteriormente en esta columna los argentinos seguimos debiéndonos la discusión sobre la coparticipación de tributos, que debe incluir la definición de la atribución de potestades tributarias a Nación, Provincias y Municipios. Será en esa discusión donde las Provincias deberán recuperar facultades para obtener recursos a través de mecanismos más eficientes y progresivos que nuestro actual impuesto sobre los Ingresos Brutos. Hasta que esto se logre, seguiremos observando que, ante cada crisis fiscal, a nuestros gobernadores, sin otras alternativas a la vista, sólo les queda decidir en cuánto aumentar las alícuotas de este viejo y conocido impuesto.
  
Por Dr. Sergio Miguel Hauque

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