Imputaron de homicidio agravado por el uso de arma de fuego a título de dolo eventual al joven que mató a Melina Palacios

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El Juzgado de Menores determinó la imputación que recae sobre el menor que disparó el arma calibre 32. Se trata de la figura de «homicidio agravado por el uso de arma a título de dolo eventual».

El Juzgado de Menores determinó la imputación que recae sobre el menor que disparó el arma calibre 32. Se trata de la figura de «homicidio agravado por el uso de arma a título de dolo eventual».
El Dr. Airola, Secretario del Juzgado de Menores, manifestó que dicha imputación fue determinada a raíz de los testimonios tomados a la fecha.
Por el momento continúa la investigación para esclarecer la muerte de la joven de 20 años, que falleció en la madrugada del miércoles. Las hipótesis que barajan los investigadores es «un hecho intencional, accidental o una situación intermedia que puede ser a título de dolo», expresó el letrado.
La madre de la víctima, Susana Guzmán, denunció que el hecho no fue un accidente. «Entiendo el dolor de la mamá y tiene derecho a manifestarse, pero si posee ciertos datos que desconocemos será llamada a declarar cuando se le considere oportuno en la investigación», dijo Airola.
El letrado negó que en los testimonios de los demás jóvenes que participaron de la reunión hayan relatado que el motivo del disparo se tratara de un juego llamado «ruleta rusa».
Se desconoce aún, la procedencia y propietario del arma secuestrada, calibre 32, utilizada para el luctuoso hecho.
Una vez que la causa llegue al Juzgado, el joven tiene que pronunciar un abogado defensor, para que luego se lo indague.
El Secretario informó que al victimario se le están realizando estudios interdisciplinarios por el equipo técnico de la Subsecretaría de la Mujer y de la Familia, la que presentará un informe ante su figura, para direccionar el tratamiento tutelar.
De esta forma, luego de la imputación el menor podrá ser internado en algún instituto para ser tratado por especialistas, permanezca con sus padres ó poseer libertad asistida.
La investigación continuará en la fiscalía del Juzgado de Menores, más allá que el joven pronto cumplirá su mayoría de edad. «La Ley Nacional 22268 dice que el menor irá a juicio por el hecho que se le imputa, en algún momento de su vida, donde se determinará su autoría o no para luego aplicarle una pena», expresó G. Airola. «Y para que ello ocurra debe transcurrir un año del tratamiento tutelar antes mencionado», vaticinó.

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