Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo

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La aprobación de la modificación en la Ley de Contrato de Trabajo produce molestias en el empresariado es la afirmación que analiza nuestro blogger invitado Marco Targetha de la Fundación EGE.

A partir de la modificación del artículo Nº 66 de la Ley de Contrato de Trabajo las empresas no podrán cambiar las condiciones laborales para un determinado puesto ante determinadas circunstancias, tales como, cuando cambie la tecnología. Por su parte, la Cámara Argentina de Comercio envió una petición al presidente Néstor Kirchner para vetar esta norma, pero no tuvo una respuesta favorable para la Cámara. El proyecto de la modificación del artículo de la Ley fue iniciado por el senador Gerardo Morales, de la UCR de Jujuy e implica, básicamente, en darle al trabajador la opción de considerarse despedido como consecuencia de los cambios en las modalidades laborales y tener derecho a cobrar una indemnización, o bien a “accionar persiguiendo el restablecimiento de las condiciones alteradas”. Este accionar para detener los cambios implicaran que el empleados no podrá “innovar en las condiciones y modalidades de trabajo, salvo que éstas sean generales para el establecimiento o sección, hasta que recaiga sentencia definitiva”, de acuerdo al texto de la Ley 26.088, publicada en el Boletín Oficial. Dentro de las objeciones que manifiesta la Cámara Argentina de Comercio, su presidente Carlos De la Vega aclaró que “Esta posibilidad de dejar en suspenso los cambios, por un lapso impredecible y de manera automática, afectará los derechos de organización y de dirección asignadas al empleador por la Ley de Contrato de Trabajo, aunque esas facultades se ejerzan con carácter funcional. Es decir, atendiendo a los fines de la empresa y a las exigencias de la producción, y sin atacar la preservación y mejora de los derechos personales y patrimoniales del trabajador”. Estos cambios no son una cuestión menor y van en línea con una serie de modificaciones que se han impulsado desde el Ejecutivo para definir un nuevo perfil en materia laboral.
F. Marco Targhetta
Coord. Gral. Fund. EGE
Info@fundacionege.org

28/04/06

 

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