La Cámara alta aprobó la ley de Teletrabajo: Puntos Claves

0
Compartir

 El Senado sancionó este jueves la normativa que regula el teletrabajo, en momentos en que la modalidad está en expansión como consecuencia del aislamiento social y obligatorio que rige en el país por la pandemia de coronavirus.

La iniciativa obtuvo 40 votos a favor del oficialista Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones, y 30 en contra de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y del Frente Juntos Somos Río Negro, habitual aliado del oficialismo.

• -La ley entrará en vigencia después de 90 días contados a partir de que el Gobierno declare el fin de la cuarentena.
• -La norma garantiza a quienes realicen trabajo a distancia los mismos derechos y obligaciones de la modalidad presencial.
• -La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo en acuerdo con los límites legales y convencionales vigentes.
• -Se establece el derecho a la desconexión, que le permitirá al trabajador desconectarse fuera de la jornada laboral y en los períodos de licencias.
• -El empleador debe proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja.
• -Los que realicen teletrabajo tendrán derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y por consumo de servicios, los cuales estarán exentos del Impuesto a las Ganancias.
• -Se sanciona el concepto de reversibilidad por el cual un trabajador podrá a volver a realizar trabajo presencial en cualquier momento y sin previo aviso.
• -También garantiza el derecho a la intimidad al establecer que el control destinado a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la privacidad del empleado y de su domicilio».
• -Tareas compartidas. Las personas que trabajen bajo esta modalidad y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica tendrán derecho a horarios compatibles con éstas tareas o a interrumpir la jornada laboral.
• -La decisión de realizar el trabajo en domicilio, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito.
• -Los teletrabajadores serán representados por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.
• -El uso de personal extranjero en esta modalidad requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación. Los convenios colectivos deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones.

Para dialogar sobre esta ley, dialogamos con la Dra. Cristina Azocar, Presidenta del Foro del Derecho del Trabajo, quien manifiesta, que, “esta medida tiene que ser consensuada entre empleador y trabajador y tiene que se regulada a través de un contrato”, para poder llegar a un lugar que sea reciprocamente beneficiosa.

Commentarios

commentarios

Compartir