La Policía Federal tendrá mayor libertad para usar armas de fuego

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El Gobierno oficializó un nuevo reglamento para el uso de las armas de fuego, el cual les otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad. La Resolución 956/2018, firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación. La medida entrará en vigencia este martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.

Dicha medida había sido implementada durante la Cumbre del G-20 para proteger a los presidentes. Si bien en un principio se había anunciado que perdería su vigencia una vez finalizado el encuentro de mandatarios en Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad decidió prorrogar sus alcances y no limitarlos únicamente a los riesgos que pudieran correr los líderes mundiales.

Desde Seguridad recordaron que hasta ahora los miembros de las fuerzas federales no podían usar sus armas para defenderse o para defender a la población. Tampoco para detener a los delincuentes, ni para impedir su fuga, ni siquiera si estos habían matado o intentado matar a una persona. Incluso no podían abrir fuego para impedir un delito grave contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos.

Según la norma vigente, los agentes tenían que esperar a que les dispararan, y solo después podían «repeler las hostilidades» y, aun en ese caso, a modo «disuasivo». Ante la duda, solo podían «hacer memoria», recordando cómo estaban vestidos los delincuentes, o si tenían tatuajes, por ejemplo, para poder identificarlos en algún momento.

Ahora, según se lee en la publicación del Boletín Oficial de este lunes, la nueva norma establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego «cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves».

También «para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención».

Fuente: Infobae.

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